Si vas a vender tu casa, una de las primeras dudas es cuánto cobra una inmobiliaria por vender una casa y cuánto te va a quedar al final. Aquí te damos la respuesta corta, te explicamos lo que casi nadie te dice (el IVA, el ISR y la letra chica del contrato) y te dejamos una calculadora y un checklist gratis para que decidas con números.
Cuánto cobra una inmobiliaria por vender una casa
Ninguna ley fija el porcentaje: la comisión se negocia. Lo que publican inmobiliarias y portales en México como referencia va, en general, del 3 % al 7 % del precio de venta, más IVA. Dentro de ese rango influyen el valor de la casa, la ciudad, si das exclusiva y qué servicios incluye.
Así se ve en pesos, ya con el IVA del 16 %:
Precio de venta
Comisión al 4 % + IVA
Comisión al 6 % + IVA
$1,500,000
$69,600
$104,400
$2,500,000
$116,000
$174,000
$4,000,000
$185,600
$278,400
Entre un 4 % y un 6 % hay casi $60 mil de diferencia en una casa de $2.5 millones. Por eso vale la pena entender qué pagas y negociarlo.
El IVA no es opcional
Cuando la comisión la cobra una inmobiliaria o un asesor, lleva IVA a la tasa general del 16 %: la ley considera la comisión y la mediación como prestación de servicios (Ley del IVA, artículos 1 y 14). Cuando te digan "5 %", pregunta si es "5 % más IVA", porque en realidad es un 5.8 % del precio.
Cuánto te queda en mano
Hagamos la cuenta con una casa de $2,500,000 y una comisión del 5 %:
Comisión: $125,000
IVA de la comisión: $20,000
Total de comisión: $145,000
Te quedan $2,355,000, antes de pagar lo que debas de tu crédito hipotecario, otros gastos de la venta y, en su caso, el ISR.
Para hacer tu propia cuenta, descarga la calculadora "¿Cuánto me queda al vender mi casa?" (Excel, gratis y sin registro). Pones tu precio, la comisión que te ofrecen y lo que debes de tu crédito, y te dice cuánto te queda con inmobiliaria y cuánto si la vendes tú.
La comisión te puede ayudar a pagar menos ISR
Esto casi nadie lo explica. Cuando vendes una casa, el ISR se paga sobre la ganancia, no sobre el precio. Y la ley te deja restar de esa ganancia las comisiones que pagaste por la venta (Ley del ISR, artículo 121, fracción IV). Para que cuente necesitas dos cosas:
Factura (CFDI) de la comisión a tu nombre.
Pagarla por transferencia desde una cuenta a tu nombre, con cheque nominativo o con tarjeta si es de más de $2,000, no en efectivo (artículo 147, fracción IV).
¿Y si es tu casa habitación? Su venta no paga ISR si cumples estos requisitos (artículo 93, fracción XIX, inciso a):
el precio no pasa de 700,000 UDIS (unos $6.19 millones con el valor de la UDI de octubre de 2026);
la vendes ante notario;
no usaste esa misma exención en los 3 años anteriores.
Si la vendes en más, solo pagas ISR por el excedente, y ahí la comisión facturada te ayuda a pagar menos, aunque solo cuenta la parte proporcional al excedente. El notario calcula el ISR y lo paga al SAT con dinero de la venta al firmar la escritura, así que llévale la factura de la comisión.
Quién paga la comisión y cuándo
Quién: normalmente la paga quien contrata a la inmobiliaria, que en una venta suele ser el dueño. Lo que cuenta es lo que diga el contrato.
Cuándo: lo más sano es pagarla cuando se firma la escritura y tú ya recibiste el precio. Si te piden algo antes, que el contrato diga cuánto, por qué y si se descuenta de la comisión.
Cómo: por transferencia y con factura. Te protege a ti y te sirve para el ISR.
Si quien vende es una empresa y le paga la comisión a un asesor persona física, la empresa puede tener que retenerle una parte del ISR y del IVA, según el régimen fiscal del asesor (Ley del ISR, artículos 106 y 113-J; Ley del IVA, artículo 1o.-A, fracción II). Revísalo con tu contador.
Lo que debe decir el contrato
Si la inmobiliaria se dedica a asesorar y vender vivienda al público, sus contratos deben estar registrados ante PROFECO (Ley Federal de Protección al Consumidor, artículo 73; NOM-247-SE-2021, numeral 6). Pide el número de registro.
Ojo: la NOM-247 está escrita sobre todo pensando en quien compra, así que no todas sus reglas te aplican de forma automática como dueño que vende. Aun así, sirven de vara para medir un contrato justo. Pide que el tuyo:
diga que PROFECO puede intervenir si hay problemas;
te deje cancelar en los primeros 5 días hábiles después de firmar, como la NOM-247 lo prevé para los contratos de vivienda;
no tenga cargos adicionales a los pactados ni deje que la inmobiliaria cambie las condiciones sin tu firma;
si trae penas por incumplir, que sean recíprocas y equivalentes para las dos partes.
Exclusiva. No es mala por sí sola, pero pide un plazo corto y que diga qué pasa si tú encuentras al comprador. Si no lo dice, podrías tener que pagar la comisión aunque vendas por tu cuenta.
Renovación automática. Que el contrato no se renueve solo al vencer; mejor que se renueve solo con tu firma.
Comisión después de que vence el contrato. Si te van a cobrar por un comprador que ellos te presentaron, que sea con una lista por escrito y por un tiempo corto.
Cobros por adelantado de "publicidad" o "apertura de expediente" que no estaban pactados.
Que te pidan poner un precio más bajo en la escritura. Un precio falso trae problemas fiscales y legales, y no te conviene.
Para revisarlo todo antes de firmar, descarga el checklist "Antes de firmar con una inmobiliaria" (PDF, gratis). Trae un semáforo con 16 puntos, una tabla para comparar 3 propuestas y las preguntas que conviene hacer en la cita.
Cómo negociar la comisión
Pide al menos tres propuestas por escrito y compáralas con la segunda hoja de la calculadora.
Negocia lo que incluye, no solo el porcentaje. Fotos profesionales, video, anuncios pagados, filtro de compradores y acompañamiento con el notario valen dinero.
Si das exclusiva, pide algo a cambio: menor comisión o más servicios.
Pregunta cuántas casas parecidas a la tuya vendieron este año en tu zona. Es una buena señal de que conocen el mercado.
¿Con inmobiliaria, por tu cuenta o vendiéndosela a una empresa?
Camino
Lo bueno
Lo que debes considerar
Con inmobiliaria
Te ahorras tiempo: fotos, anuncios, visitas, filtro y papeles
Pagas la comisión más IVA y firmas un contrato que debes revisar
Por tu cuenta
No pagas comisión
Tú haces las fotos, contestas mensajes, enseñas la casa y revisas papeles con el notario
A una empresa que compra casas
Rapidez y no hay comisión
La oferta suele estar por debajo del precio de mercado: compara ese descuento en pesos contra lo que pagarías de comisión
Ninguno es mejor para todos. Si tienes tiempo y tu casa está en una zona con demanda, venderla tú puede ahorrarte decenas de miles de pesos. Si no, una buena inmobiliaria puede pagarse sola.
Por qué te piden tus datos
Al vender, tanto el notario como la inmobiliaria te van a pedir identificación, comprobante de domicilio y datos de cómo te van a pagar. No es desconfianza: la Ley Antilavado los obliga a identificar a sus clientes en la compraventa de inmuebles, y además hay un límite para pagar en efectivo. Te lo explicamos en ¿puedo pagar una casa en efectivo?.
Son orientativos; para tu caso concreto consulta a un notario o a un contador.
¿Quieres intentarlo por tu cuenta?
Publica tu casa gratis en Inmuebles Cloud, sin comisión del portal y sin límite de propiedades, y recibe a los interesados directo en tu WhatsApp. Y para saber qué papeles vas a necesitar, revisa nuestra guía de escrituración de una casa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una inmobiliaria por vender una casa?
Ninguna ley fija el porcentaje: se negocia. Como referencia, inmobiliarias y portales en México publican rangos del 3 % al 7 % del precio de venta, más 16 % de IVA. En una casa de $2.5 millones, un 5 % más IVA son $145,000.
¿La comisión inmobiliaria lleva IVA?
Sí. Cuando la cobra una inmobiliaria o un asesor, la comisión paga IVA a la tasa general del 16 %, porque la ley la considera prestación de servicios (Ley del IVA, artículos 1 y 14).
¿Quién paga la comisión de la inmobiliaria y cuándo?
Normalmente la paga quien contrata a la inmobiliaria, que en una venta suele ser el dueño; lo que cuenta es el contrato. Lo más sano es pagarla al firmar la escritura, por transferencia y con factura.
¿La comisión inmobiliaria se puede deducir del ISR?
Sí. Al vender una casa, el ISR se paga sobre la ganancia, y la ley permite restar las comisiones pagadas por la venta (Ley del ISR, artículo 121, fracción IV), siempre que tengas factura y la pagues por transferencia desde una cuenta a tu nombre, cheque nominativo o tarjeta si pasa de $2,000. Si es tu casa habitación, la vendes en hasta 700,000 UDIS ante notario y no usaste esa exención en los 3 años anteriores, la venta está exenta.
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